La lucha por el derecho al agua durante la pandemia: avances y fracasos

520

En medio del fuerte debate social sobre la necesidad de defender los servicios sociales Públicos, especialmente la sanidad, quizás ha pasado desapercibida el enfrentamiento que ha tenido lugar durante los meses de confinamiento entre los defensores del Agua Pública y el  lobby de las corporaciones que defiende su negocio en el sector.

La Red Agua Pública (RAP) -organización que reúne a decenas de plataformas y organizaciones ecologistas, sindicales y sociales del estado español en la defensa de la gestión pública y democrática de los servicios del ciclo urbano del agua- ha denunciado la posición que, durante la situación de alarma sanitaria, han mantenido las empresas privadas que gestionan más de la mitad de los servicios de agua en Andalucía, a través de sus portavoces Asociación Española de Empresas Gestoras de los Servicios de Agua Urbana (AGA) y Asociación Española de Abastecimiento de Agua y Saneamiento (AEAS).

Los días 17 y 31 de marzo el Gobierno español aprobó dos Reales Decretos (RD ley 8/2020 y RD ley 11/2020) orientados a la protección de los derechos de los consumidores en el estado de alarma, con importante contenidos en materia de garantía de derecho humano al agua.  Por primera vez a escala estatal, aunque solo de momento durante el estado de alarma, están prohibidos los cortes de luz, agua y gas a todas las familias sea cual sea su situación económica. A partir del segundo de los mencionados decretos (Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19), no es necesario acreditar los requisitos de vulnerabilidad económica que se fijaron en el primero (17 de marzo) para evitar los cortes de suministro. Estos decretos suponen la garantía del suministro continuo de agua a las familias y la prohibición de los cortes, y exigen la solidaridad de los operadores de agua hacia la ciudadanía afectada por la crisis sanitaria y social. En plena crisis, se ha vuelto a poner de manifiesto la importancia del agua, el carácter fundamental de su disponibilidad para higiene personal y doméstica y, en consecuencia, para la salud.

A pesar del consenso social que suscitan las medidas contempladas en ambos decretos, la asociación que representa a las corporaciones privadas (AGA) envió el 3 de abril a la titular del ministerio competente en materia de agua, Transición Ecológica,  una carta en la que decía que, en aras a mantener la sostenibilidad del servicio, es necesario poder realizar cortes en el suministro ya que, de lo contrario, se aumentará la morosidad a muy corto plazo ocasionando un déficit financiero estructural. También plantea la necesidad de modificar la duración de los contratos concesionales para poder asumir las pérdidas ocasionadas por la disminución del consumo que ha producido la crisis sanitaria. Es decir, el lobby de agua privada aprovecha la crisis sanitaria para pedir modificaciones legislativas, que afectan a la Ley de Contratos del Sector Público, evadiendo la transferencia de riesgos que está implícita en los contratos de concesión. AGA no ha dudado en aplicar la doctrina del shock, aprovechando la situación actual de crisis sanitaria, para intentar sacar provecho a favor de sus intereses empresariales.

En este contexto, la Red Agua Publica, además de denunciar estas presiones, ha renovado las siguientes exigencias:

  • Suprimir las vigentes limitaciones y condicionalidades a la gestión y financiación pública de los servicios de agua previstos en la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (la Ley Montoro), como paso previo a su derogación.
  • Establecer nuevos enfoques y líneas de financiación que favorezcan la gestión pública de estos servicios esenciales vinculados a derechos humanos.
  • Dotar de financiación suficiente a los servicios públicos de gestión directa, en particular la sanidad y los servicios de agua, intrínsecamente relacionados entre sí al tener ambos la consideración de derechos humanos y, como se ha puesto en evidencia durante la pandemia, ser imprescindibles para mantenimiento de la salud humana.
  • Prohibir por ley los denominados cánones concesionales, que son instrumentos que favorecen la privatización de los servicios del ciclo urbano del agua, introducen prácticas opacas y fomentan la corrupción que crece al transformar el agua y los servicios de abastecimiento y saneamiento en grandes negocios privados.
  • Facilitar procesos de remunicipalización que aseguren la estabilidad en el empleo y que asuman la gestión no lucrativa, pública, transparente y con rendición de cuentas acorde con el marco conceptual del derecho humano al agua.
  • Fortalecer la función reguladora de los municipios en tanto que titulares de los servicios del ciclo integral urbano del agua. En relación con este último punto, el movimiento del Agua Pública lleva desarrollando un interesante debate sobre la naturaleza, funciones y escala del “ente regulador” de los servicios urbanos del agua. En estos momentos existe un acuerdo generalizado entre los diferentes sectores participantes en este movimiento en rechazar la creación de un “regulador único”. Por el contrario, se defienden medidas como la creación de un organismo específico -Observatorio o Laboratorio-, del ciclo integral urbano del agua que propicie la comunicación, cooperación y el apoyo mutuo entre los gobiernos locales, a la vez que garantice la transparencia en el ciclo y el acceso a la información por parte de la ciudadanía como garante de su participación activa y efectiva.
  • Tras diez años del reconocimiento del derecho humano al agua por parte de la Asamblea General de Naciones Unidas, es necesario reconocerlo y regularlo formalmente, con objeto de que no se manipule su alcance y contenido en relación con sus criterios y principios definitorios, y específicamente los relativos a la no discriminación, universalidad, asequibilidad y disponibilidad, con la expresa prohibición de cortes de suministro.

Pero en paralelo a estos debates generales, que afectan directamente al conjunto de la población, durante estos meses nos hemos enfrentado al caso de los asentamientos de temporeros migrantes, principalmente en Huelva y Almería. En ellos millares de personas se ven obligadas a habitar durante las campañas agrícolas ante la imposibilidad de alojamientos alternativos.  Ya antes del estado de alarma, en enero de 2020, hay que recordarlo, Philip Alston, Relator Especial sobre la extrema pobreza y los derechos humanos de la ONU, denunció a escala internacional “condiciones que rivalizan con las peores que yo he visto en ninguna parte del mundo. Están a kilómetros del agua y viven sin electricidad o saneamiento adecuado», al mismo tiempo el Relator recalcaba que las condiciones “eran peores que las de los campos de refugiados». Con esta realidad hemos convivido a lo largo de la pandemia, como ha explicado, entre otros, Manuel Delgado, sin conseguir modificarla de manera sustancial, hay que decirlo claramente: una lacra intolerable incrustada a uno y otro extremo de Andalucía.

Autoría: Leandro del Moral Ituarte. Catedrático del Departamento de Geografía Humana de la Universidad de Sevilla. Miembro de la Fundación Nueva Cultura del Agua.