Sin derecho a decidir… no hay democracia

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“¡Déjese de eufemismos: Andalucía tiene derecho a la autodeterminación. ¿Qué es esto del derecho a decidir?! Ganas de no hablar claro o de convencer a los pocos amigos de los derechos nacionales de Andalucía. ¡Pasemos página ya! ¡Dejemos de hablar del derecho a decidir.” Exclaman los pocos que tienen las cosas claras pero avanzan lejanos y sin nadie detrás en el horizonte.

Es cierto que la relación entre el derecho a la autodeterminación y el derecho a decidir ha sido ambivalente. Es posible afirmar que el principio del derecho a decidir es, a estas alturas, singular y que está en pañales de su potencial recorrido. Todo ello tal vez hace más llano defender la causa andaluza en términos de derecho a la autodeterminación, pero esto en ningún caso debe significar que lo confundamos con éste. El derecho a decidir plantea que en el siglo XXI ninguna decisión colectiva puede quedar fuera del alcance de la democracia porque lo contrario es condenar a la ciudadanía a la sumisión. Y esto debe incluir la delimitación de los estados, que no son más que una herramienta para el bienestar público, y no la más alta expresión (casi sagrada) de naciones preexistentes (casi independientes de la voluntad de los individuos). Democracia (empoderamiento ciudadano) y desacralización del estado son los ingredientes básicos sobre los que se asienta el derecho a decidir; son bastante distantes, por tanto, al principio nacional que permite reclamar un estado y que se asocia al derecho de autodeterminación.

El derecho a decidir lo tienen los ciudadanos y las comunidades políticas que forman, no los pueblos y las naciones. Comunidades políticas que puedan convertirse en estados viables. Plantearse convertirse en un nuevo estado debe hacerse siguiendo unas reglas que poco pueden tener que ver con unas elecciones autonómicas. El derecho a decidir debe moverse debe moverse entre dichas elecciones y la voluntad de la mayoría de andaluces y andaluzas, sin necesidad de razones históricas, ni siquiera razones en el presente, sólo voluntad política democrática. En este sentido, no sólo se diferencia del derecho de autodeterminación, que apunta cuáles son las únicas comunidades que podrían eventualmente convertirse en estados (y abre, por tanto, la discusión sobre quién es o no es una nación), sino también de los que consideran que la secesión sólo es justificable si el estado actual supone una grave amenaza para una comunidad.

De hecho, desde la concepción del derecho a decidir, la única prueba de la existencia de una nación política es la voluntad de ejercerlo. Andalucía es una nación. No es un sujeto sagrado e inalienable, históricamente predeterminado a convertirse en un estado. Es una comunidad de anhelos, una realidad de recursos, un pasado de coincidencias y de luchas que cristaliza en una voluntad de ser. Curiosamente, desde la perspectiva jurídica convencional de la ONU, Gibraltar tiene el derecho de autodeterminación, pero Andalucía, no. Desde la perspectiva de los nacionalistas tradicionales, Andalucía lo tiene, y Gibraltar no. Desde el derecho a decidir, ambos tienen y ejerciéndolo demuestran que son naciones.

A los que consideran que sus naciones tienen razones históricas para merecer la autodeterminación les parecerá poco e innecesariamente igualador. A los que creen que sólo el estado define los ámbitos de soberanía porque es él (y sólo él) el que crea la nación les parecerá demasiado. Sin embargo, la evolución del principio democrático ha ido ampliando quién puede votar. Ahora debería acabar con los agujeros democráticos en que “se puede hablar de todo” pero sin que la decisión esté al alcance de los andaluces y andaluzas.