La Junta establece 20 días de agosto para realizar alegaciones a la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo

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El período de información pública previsto por el Acuerdo de 9 de mayo de 2017, por el que se aprueba la Formulación de la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2022, abarcará del 10
al 31 de agosto, período en el que será posible para cualquier persona física o jurídica realizar alegaciones y aportaciones a este importante documento de planificación.

Según el documento oficial, la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2022 (EASST) tiene como objetivo mejorar las condiciones de trabajo y la calidad de vida laboral de la población trabajadora de nuestro territorio, promoviendo el entorno laboral como una plataforma para mejorar la seguridad y salud de las personas trabajadoras y persiguiendo en consecuencia, tanto en cifras globales como por sectores, la reducción de los accidentes laborales y las enfermedades profesionales. Para la administración pública, la EASST constituirá el instrumento de planificación, programación, coordinación, impulso, seguimiento y evaluación de la política de la Junta de Andalucía en materia de seguridad y salud en el trabajo y control de la siniestralidad laboral.

La relevancia de dicho instrumento y la actual problemática en materia de siniestralidad laboral, con un número significativo de personas muertas en su actividad laboral, pone en cuestión el periodo de tiempo y las fechas elegidas para poder establecer mejoras y enriquecer tan importante instrumento de planificación.

¿Cómo pueden realizarse alegaciones a la propuesta de Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2022? Las alegaciones que se deseen formular a la propuesta de Estrategia se podrán realizar telemáticamente a través de la cuenta de correo electrónico estrategia.sst.ceec@juntadeandalucia.es, así como en formato papel, presentándose preferentemente en el registro general de la Consejería de Empleo, Empresa y
Comercio, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82.2 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, adjuntándose a las mismas, en el supuesto de organismos, entidades y colectivos interesados, la acreditación de la constitución y
representación de los mismos.

Fuente: Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral.