El pasado día 12 de mayo entró en vigor, cumplido el plazo de adaptación de dos meses, el Real Decreto Ley 8/2019 de 8 de marzo de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. En el capítulo III se exponen las reformas normativas para regular el registro de jornada, cuyo objetivo es0 combatir la precariedad laboral. Dicho registro, obligatorio para todas las empresas, aunque el tipo de sistema de registro es de libre elección, “debe contribuir a corregir la situación de precariedad, bajos salarios y pobreza que afecta a muchos de los trabajadores que sufren los abusos en su jornada laboral” (…) “Un buen porcentaje de las personas que se beneficiarán de dicho registro son trabajadores poco cualificados con salarios muy bajos. Según la Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre de 2018, más de un 26% de las horas extraordinarias no pagadas se realizaron en comercio (15,2% del total) y hostelería (10,9% del total), sectores caracterizados en no pocas ocasiones por los bajos salarios y la precariedad laboral” (Exposición de motivos del Real Decreto Ley).
Esta norma legal suscitó un vivo debate y una gran inquietud en el seno de las organizaciones empresariales cuando fue aprobada, en uno de los llamados “viernes sociales” del Consejo de Ministros, como Real Decreto Ley y al ser ratificada dos días después por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que impone a los 28 estados miembros la obligación de exigir a las empresas el control, mediante un sistema objetivo, fiable y accesible, de la jornada de trabajo realizada por cada trabajador.
Tanto los medios de comunicación generalistas como los especializados en temas económicos y empresariales (Cinco Días, Expansión, El Economista, Actualidad Económica, etc.) se hicieron eco de las preocupaciones de las empresas ante las dificultades para la puesta en aplicación, en el plazo de la moratoria de dos meses, de los requisitos establecidos en el Real Decreto Ley de 8 de marzo. Por ello, se reclamaba del gobierno una flexibilización de los requisitos a cumplir y una ampliación del plazo para su entrada en vigor.
El discurso recurrente desde los sectores obligados al cumplimento de la normativa para el control efectivo de la jornada de trabajo ha pivotado, por una parte, entre las dificultades técnicas derivadas de la diversidad empresarial (autónomos, PYMES y grandes empresas) con sus sistemas de trabajo presencial o externalizado mediante teletrabajo y, por otra, la preocupación por los costes, no sólo los de las sanciones y de la inversión en sistemas informáticos, sino sobre todo porque “la medida puede suponer un gasto millonario ante la catarata de reclamaciones por horas extra que pueden presentar los trabajadores y las liquidaciones de estas horas, por las que se debe cotizar, y las sanciones de la Seguridad Social por los últimos cuatro años no prescritos”. (“Expansión”, 6 mayo 2019). Precisamente, hasta ahora esa posibilidad de reclamar las horas extras no cobradas no existía en la práctica al no poder demostrar el trabajador su realización, ya que la empresa no llevaba a cabo ningún registro documental de esa prolongación de jornada realizada y no abonada.
Para las organizaciones empresariales estas nuevas obligaciones suponen un retroceso en el tiempo. Así lo entiende Lorenzo Amor, presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos: «El decreto sobre control horario en las empresas nos devuelve al siglo pasado. En el siglo XXI, donde se pretende la conciliación, el teletrabajo y la flexibilidad esta decisión es un paso atrás». Para el presidente de CEPYME, “en un momento en el que muchas empresas están implantando sistemas de flexibilización horaria, teletrabajo y otras fórmulas para favorecer la conciliación, el sistema de control horario supone un «retroceso» y no conduce a ninguna mejora en las relaciones laborales con los trabajadores” (Diario SUR, 8 marzo 2019). Por su parte, la CEOE señaló que el Gobierno debe hacer una «reflexión» sobre la posibilidad de retrasar o flexibilizar la implantación real de esta ley para solventar esas dudas porque «ese modelo de trabajo con tiempos muy tasados «pasó» y ahora hay que avanzar en otros modelos basados en la confianza y la conciliación”.
El relato falaz e hipócrita de la flexibilidad en las relaciones laborales, de la conciliación, del teletrabajo y de la confianza mutua como componentes de un modelo laboral moderno, democrático y aparentemente hegemónico, se desmorona frente a la realidad de los abusos mencionados en la exposición de motivos del Real Decreto. La precarización, la desprotección, el incumplimiento de la legislación laboral en asuntos como la aplicación del salario mínimo, el derecho negado o recortado a las vacaciones pagadas y al descanso semanal, el impago de las cuotas de la Seguridad Social y la imposición de horas extra que no se pagan ni se compensan, todo ello configura el universo cotidiano que rememora los marcos de la brutal explotación del primer proletariado analizada por K. Marx y narrada por Ch. Dickens en la Inglaterra del siglo XIX. Este duro escenario de la actual relación capital/trabajo, poco tiene que ver con la conciliación, la confianza y la flexibilización y sí mucho con el paisaje de un chantaje permanente sobre la fuerza de trabajo que consigue el consentimiento de la parte más vulnerable de los asalariados.
Esa línea argumental del empresariado, que rechaza toda forma de control que quiebre lo que podríamos calificar como “tiranía empresarial”, es compartida por Pablo Aguado, presidente del PP: “Es como si estuviéramos en el Gran Hermano. Esta nueva medida trata de hacer pensar que la gente miente, que el trabajador es explotado, que los autónomos son unos ogros, que todo el mundo engaña, que hay fraude», y que «todo el mundo fiche, como si estuviéramos en el ‘gran hermano'», que “todo el mundo mande al Gobierno todas las cifras, como si no confiáramos en los representantes de los trabajadores, los empresarios, los autónomos o los emprendedores». (Cadena COPE, 13 de mayo de 2019 – 20: 30).
Muy al contrario, la posición de PODEMOS la expresa así Pablo Iglesias: “es absolutamente fundamental que las horas extra se controlen y se paguen y que es insuficiente el registro de la jornada laboral que ha entrado en vigor. Creo que los sindicatos tienen razón cuando dicen que las medidas son insuficientes. Ese control tiene que ser de libre acceso para la inspección de trabajo y las propias organizaciones sindicales». Y ha añadido, en un arrebato de excesivo optimismo tanto en la primera como en la segunda premisa de esta declaración: “si Podemos forma parte del próximo gobierno, en este país se van a controlar las horas extra y se van a pagar». (Cadena COPE, 13 de mayo de 2019)
Desde un sector de la academia también se han expresado dudas sobre la eficacia de esas medidas: “Esta norma ha sido muy discutida y su oportunidad ha sido muy cuestionada. Se ha pensado por muchos que este registro, junto al deber de mantener los registros durante cuatro años no hace sino aumentar la ya pesada burocracia y gestión que acompaña la contratación de trabajadores. Es igualmente cuestionable de esta nueva norma su eficacia. Aunque se espera que este control aflore la realización de horas extra ocultas, expongo mi escepticismo al respecto. Las empresas que con honestidad y rigor reconocían las horas extras y las compensaban en dinero o en tiempo, lo seguirán haciendo. Las otras, seguirán pudiendo encontrar una vía fácil de burlar esta exigencia”. (Eduardo González Biezma, Catedrático de Derecho del Trabajo. Universidad de Sevilla, en el PAIS, 6 de junio de 2019).
Este planteamiento pragmático, muy pegado a la cruda realidad de las relaciones laborales en nuestro país, contrasta con la ilusoria proclama de este titular de portada: “Revolución laboral: se acabaron las horas extras a fondo perdido” (El Independiente, 19/12/2018).
Sin embargo, parece deducirse de las reflexiones del catedrático que hay dos tipos de ética empresarial: a) la de aquellas empresas que con honestidad y rigor pagan o compensan las horas extras y b) la de las otras, parece que menos honestas y rigurosas, que podrán seguir fácilmente con su expolio del trabajo realizado, no voluntariamente, en la prolongación de la jornada laboral. Es un hecho empíricamente constatado esa dualidad en el seno del mundo empresarial. Esa verificación rompe con el discurso retórico sobre la plausible función social de todos los empresarios (grandes, medianos y pequeños) que con su esfuerzo personal y con el riesgo de su patrimonio crean riqueza y oportunidades de empleo y cumplen con las premisas de la tan publicitada Responsabilidad Social Corporativa, cuya aceptación conlleva, antes que nada, el cumplimiento estricto de la legislación vigente, incluida la legislación laboral. Entre la retórica de la confianza y la conciliación y el chantaje de “esto es lo que hay y ahí está la puerta” existe un abismo. Pero no deja de sorprendernos la naturalización del fraude que supone la apropiación, gratis total, de una cantidad de fuerza de trabajo (“las horas extra ocultas”, según nuestro catedrático) que, como afirma la secretaria general de CCOO en Cádiz, hace que «muchos empresarios se están llenando los bolsillos a costa de los trabajadores y el fraude fiscal».
Es muy significativo constatar en esos discursos empresariales la nula referencia al volumen de horas extra realizadas por los trabajadores y no abonadas ni compensadas por la empresa. Siendo ese el nudo gordiano de la cuestión y la práctica más escandalosa y delictiva, se admite su existencia sin más o incluso se niega el carácter imperativo de su ejecución y se aceptan las cifras estimadas de ese fraude como un simple epifenómeno del actual mercado de trabajo o el recurso “legítimo” para mantener la competitividad de nuestras empresas. Magdalena Valerio, Ministra de Trabajo en funciones, parece rechazar esa inevitable realidad cuando llamó a las empresas a cumplir «sin agobios, pero con seriedad el decreto ley que desde este domingo les obliga a registrar la jornada laboral de cada uno de sus empleados para acabar con el fraude que suponen las horas no remuneradas ni libradas y que tampoco cotizan”.
Los abusos que sufren muchos trabajadores, como reconoce el Real Decreto Ley, son la consecuencia de las políticas neoliberales de reforma del mercado del trabajo que favorecen la contratación temporal, los empleos de formación o de prácticas, el despido fácil con reducción de las indemnizaciones y la práctica nulidad de los convenios colectivos sectoriales cuando se sustituyen por los de empresa o por acuerdos bilaterales entre el trabajador y su patrón. La precarización y la desprotección de las relaciones laborales, especialmente marcadas en las PYMES y en las empresas sin representación sindical, ha dado lugar a la emergencia de un nuevo sector social de “trabajadores pobres”, es decir de aquellos empleados cuyo raquítico salario no alcanza a cubrir las necesidades básicas para superar el límite de la pobreza y obligan al recurso subsidiario de las ayudas familiares o a la asistencia social caritativa.
En esa situación límite, la opción es decidir si es mejor un empleo con un salario indignamente bajo o un subsidio también indignamente bajo. Como hay que elegir entre la espada y la pared, para los que rechazan la posibilidad de un modelo alternativo de regulación de las relaciones laborales el menor de los males sería el trabajo, aunque desregulado y desprotegido e incluso, en parte regalado. Porque ese trabajo indecente, dicen que integra y da autonomía personal, por más que aliene y semi-esclavice.
La derogación de las vigentes medidas de reforma del mercado de trabajo sería la primera decisión política progresista para reducir la precariedad del llamado “trabajo basura”. La anulación de esas medidas, intensificadas durante el último gobierno del Partido Popular pero iniciadas en la década de los 80’ del siglo pasado con el gobierno de Felipe González, fue una de las medidas estrella de la última campaña electoral del PSOE, pero, como suele ocurrir con harta frecuencia, pasada la fecha electoral ese compromiso audaz e inmediato se diluyó en una futurible y consensuada reforma del Estatuto de los Trabajadores de 2015. Estamos, una vez más, en la reiterada técnica de la acción política de eludir un compromiso conflictual concreto mediante la promesa de su solución por elevación y su cumplimiento en las “calendas griegas”.
El mecanismo de extorsión de la fuerza de trabajo acumulada por la ampliación de la jornada de trabajo regular decidida desde el poder omnímodo del empresario no es un invento del actual modelo neoliberal. Esa práctica constituye la continuidad contemporánea de lo que Marx definió en el siglo XIX como plusvalía absoluta: “aquella que se consigue prolongando la jornada de trabajo más allá del punto en que el obrero se limita a producir un equivalente del valor de su fuerza de trabajo, y haciendo que este plus-trabajo se lo apropie el capital. La producción de plusvalía absoluta es la base general sobre que descansa el sistema capitalista”. (Carlos Marx. El Capital, libro I, capítulo X, 1866).
Si la producción de plusvalía, en su doble modalidad de absoluta y relativa, es el mecanismo de la producción de un plus-valor que se apropia el capital, el recurso a la prolongación “manu militari” de la jornada laboral y la negativa a su reconocimiento, a su abono o compensación es la forma más directa y brutal de la explotación del trabajador. Este recurso sólo es posible hoy día en el marco de un creciente proceso de precarización, desregulación y desprotección del trabajo refrendado por un conjunto de normas legales elaboradas y sancionadas desde el poder legislativo, ejecutadas por el aparato gubernativo, garantizadas por el poder judicial y aceptadas como un destino fatal por las burocracias sindicales.
Pero, ¿cuales son las dimensiones, estatales y andaluzas, de este agujero negro del mercado de trabajo? En la cuestión que aquí nos entretiene, la aproximación cuantitativa es obligada para conocer si se trata de conductas excepcionales de algunos empresarios sin escrúpulos o si, al contrario, es una práctica muy extendida, legitimada socialmente y prácticamente impune.
Según los datos de la Encuesta de Población Activa del primer trimestre del año, casi la mitad (el 46%) de las horas extra que se realizan en España no se pagan, algo que es manifiestamente ilegal pero ampliamente tolerado. Se trata de un total de 2,6 millones de horas a la semana que no se retribuyen a los trabajadores, ni se les recompensa con descanso, y por las que tampoco se cotiza a la Seguridad Social, con el perjuicio que esto implica para las arcas públicas.
Los datos por sectores, según la EPA, arrojan que el sector financiero y de seguros es el que más abusa de las horas extra no pagadas que hacen sus trabajadores: un 83,4% del total en 2018. Le sigue el sector educativo (81,8%) y las actividades profesionales, científicas y técnicas (77,3%). La media en todos los sectores de actividad es del 43,8%, lo que supone que cerca de la mitad de las horas extra que realizan los trabajadores no se pagan ni se recompensan en descanso. Estas horas extraordinarias realizadas y no pagadas equivalen a más de 60.000 empleos de jornada completa. Si tenemos en cuenta la valoración que la Encuesta de Coste Laboral hace del coste hora trabajada, el importe de las horas realizadas por los trabajadores y trabajadoras españoles y no cobradas en el 2018 ascienden a más de 27.000 millones de euros. (COPE, 13 de mayo 2019).
En Andalucía los datos evidencian magnitudes muy semejantes al resto del Estado. El 32 % de las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores andaluces en el primer trimestre de 2019 no han sido retribuidas, según se desprende de un informe realizado por el sindicato CCOO. Los datos han sido presentados en rueda de prensa en Huelva por Nuria López, Secretaria General de CCOO-A, quien ha dicho que este informe es «la punta del iceberg de un fraude generalizado que existe no sólo en Andalucía, sino en el resto de España». «Un fraude que está amparado y oculto por una reforma laboral, especialmente la de 2012, que impide a la representación sindical, a los trabajadores, poder ejercer muchos derechos que antes teníamos para poder eliminarlo». Esas cifras evidencian que hay más de 120.000 horas extras realizadas entre enero y marzo en la comunidad autónoma que no han sido pagadas a los trabajadores, un 32 % del total. (Agencia EFE, Huelva, 31 mayo 2019).
El total de horas extras no pagadas en Andalucía suponen el 10,3 por ciento del total de horas no pagadas en España, mientras que las pagadas suponen el 8,6 por ciento. “Esto denota las malas prácticas que utilizan de manera generalizada las empresas andaluzas, lo que repercute muy negativamente en el bolsillo de las personas trabajadoras, en sus posibilidades de conciliación, pérdidas de cotización a la Seguridad Social y mermas en sus prestaciones futuras (desempleo, jubilación, etcétera)”, denuncia la secretaria general de CCOO-A.
El coste en 2017 de las horas extras en Andalucía equivalía a 13.400 contratos. Y es que la media andaluza de estas horas impagadas se sitúa en un 32,7%, con Almería liderando ese ranking con el 56,6% de las horas extras sin pagar. Le siguen las provincias de Jaén (44,2%), Granada (37,3%) y Sevilla (35,8%). Si esos porcentajes se traducen en número de horas extras sin pagar, los trabajadores andaluces trabajaron 123.183 horas no retribuidas solo en el primer trimestre de ese año. El tiempo que los trabajadores y trabajadoras dedican en Andalucía a sus empleos más allá de su jornada laboral ordinaria asciende a 376.500 horas, de ellas el 32% no se las pagan. (Diario de Sevilla, 9/6/2019).
Que los trabajadores y trabajadoras de este país hayan dejado de percibir el año pasado 27.000 millones de euros por horas trabajadas y no pagadas y que se estén defraudando 14.000 millones de euros al año a las arcas públicas es una prueba significativa de la capacidad del modelo neoliberal de relaciones laborales para llevar a cabo prácticas ilegales y fraudulentas sin apenas consecuencias punitivas ante la tolerancia y la comprensión de los poderes políticos y judiciales. No obstante, lo más grave, si cabe, es que todo este expolio de fuerza de trabajo y de recortes de los derechos a la protección social de los trabajadores y trabajadoras se asume socialmente como la parte del esfuerzo colectivo de los trabajadores para paliar los impactos de la crisis económica que nos interpela a aceptar sumisamente las decisiones empresariales de extensión arbitraria e impuesta de la jornada de trabajo regular.
Frente a este panorama tan desolador, ¿qué hacer? ¿cuál es el horizonte alternativo? ¿pasar de la indignación a la resistencia y de la resistencia a la acción? La alternativa real, en el nivel de la utopía social posible y no quimérica, supondría la sustitución del modelo social y económico hegemónico que se sustenta en la sacralización del mercado, en el control de la fuerza de trabajo y de los medios de producción, en la instrumentalización de las instancias de la gestión política para la defensa de los intereses de una minoría social poderosa y en la producción ideológica que genera el consentimiento de los dominados.
Esa reversión radical del actual modelo hegemónico no vendrá, como el maná caído del cielo, por la simple agudización de las contradicciones del capitalismo ni por su “refundación” desde las propias instancias del poder. Por otro lado, descartada la vía revolucionaria del marxismo ortodoxo ante el rotundo fracaso de las experiencias históricas del “socialismo real”, no queda otra que la tarea colectiva de construcción de un proceso de intervención social transformadora que partiría de la articulación de experiencias locales de prácticas de autogestión y de la ruptura del mecanismo del consentimiento de la dominación.
En esa línea, y con los objetivos compartidos, el marco teórico de la colonialidad y el patrón mundial del poder, propuesto a finales del siglo XX por el sociólogo peruano Aníbal Quijano y desarrollado por el colectivo de intelectuales latino-americanos integrados en el Grupo Colonialidad, Modernidad y Decolonialidad”, puede servirnos, tras la necesaria adaptación contextual, de guía para el análisis de la realidad y para la práctica social. La colonialidad representa la continuidad y la adaptación a la era de la globalización del modelo de dominación surgido en la fase histórica del colonialismo europeo en América Latina, como primera puesta de largo de ese patrón colonial de dominación en sociedades fuertemente racializadas.
La colonialidad sería entonces la cara oculta de la modernidad y constituye el nuevo patrón mundial de poder en el neoliberalismo que se sustenta sobre estos cuatro pilares:
- La explotación de todas las formas de trabajo integradas en la economía capitalista globalizada.
- La segmentación social a partir de la clase, la raza, el sexo/género y la identidad étnica.
- El control de la acción política mediante el Estado-Nación, como forma universal de control de la autoridad colectiva.
- El control de la subjetividad imponiendo una interpretación de la realidad, una visión del mundo que consigue la aceptación de los sectores subalternos
La des/colonialidad del poder en todos sus ámbitos constituyentes (trabajo, sexo, autoridad e intersubjetividad) sería el “horizonte alternativo”, porque “es necesario pasar de la resistencia a la alternativa”.
Respecto a la expresión concreta del primer pilar del actual patrón mundial de poder que representa el expolio de la fuerza de trabajo en las horas extra no abonadas, la des/colonialidad supondrá la extensión de “la reciprocidad en la distribución de trabajo, de productos, de servicios; produciendo desde ese piso social la ética social alternativa a la del mercado y del lucro colonial/capitalista. Se trataría de un sistema de producción democrática en una sociedad realmente democrática, en un nuevo orden social que implica no la toma del poder del Estado, sino la socialización del poder político a partir de la construcción de diversas formas de democracia directa” (A. Quijano, “El trabajo”, México, 2013).
Mientras ese horizonte alternativo se acerca como resultado de la acción colectiva de los individuos, la lucha de los trabajadores y trabajadoras contra la precarización y la desprotección de su trabajo como efecto perverso del modelo neoliberal de dominación deberá tender hacia la reconquista de lo que les ha sido arrebatado y también será necesario recuperar los espacios de representación o de mediación política que habían logrado conquistar en el Estado. Aníbal Quijano concluye con esta advertencia: “esas conquistas no pueden ser afirmadas, ni estabilizadas, sino por la ampliación continua y cotidiana de la democracia en la sociedad y eso implica individuos libres y socialmente iguales”.
Las primeras bases de esa sociedad realmente democrática serían, en la cuestión concreta que nos ocupa, la exigencia de un control mediante inspecciones regulares de la obligación de las empresas de adoptar un control efectivo y accesible para todos los trabajadores del horario de trabajo, en sus distintas variantes: regular, extraordinario o complementario, la aplicación de sanciones a todo incumplimiento de los requisitos de la regulación de la jornada de trabajo y la incoación de procedimientos judiciales de reclamación de los jornales no abonados ni compensados.
Esos mecanismos de vigilancia y de presión sobre el fraude tienen que cubrir todo el espectro de las relaciones laborales, pero deben concentrarse en aquellos espacios de trabajo donde la desprotección de los asalariados y su aceptación sumisa al chantaje del empresario sea el marco más favorable para la apropiación fraudulenta de esa “fuerza de trabajo, gratis total”.