Los desparecidos (asesinados) del franquismo en los registros civiles y la acción política partidaria

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Recientemente la periodista Natalia Junquera adjudicaba a Franco la iniciativa de la recuperación de la memoria. ¡Craso error! Lo que hizo el dictador fue dignificar, en su justo momento, a “sus muertos”. Sola y exclusivamente a ellos, para nada a sus enemigos. A estos los hundió aún más en el silencio y en el olvido forzado por el miedo —perfectamente justificado— de las familias, mientras que las víctimas del bando ganador de la guerra eran minuciosamente documentadas por las administraciones (ayuntamientos, juzgados…), incluidas las exhumaciones, sus nombres se inscribían —gratuitamente— en los Registros Civiles, eran honrados y homenajeados, e incluso sus familias eran indemnizadas.

Hoy, en 2019, trascurridos 80 años del final de la guerra para algunos, 83 años para el occidente de Andalucía y Extremadura, sí tenemos que “recuperar la memoria”. Nosotros sí, ya que aún tenemos múltiples problemas en esto que ahora se ha dado por llamar “memoria democrática”. Y no solo con la exhumación de las fosas, sino también en casi todas las demás facetas: simbología franquista, medallas y honores a los militares golpistas por parte de nuestros ayuntamientos y diputaciones, denominaciones de calles y pueblos, la memoria en nuestros colegios y ¡¡universidades!!, acceso a los archivos, el exilio también en el norte de África —tan cerca de Andalucía—, las víctimas del nazismo, etc.

Incomprensiblemente, hay un tema al que no se suele hacer referencia, a pesar de la importancia y de su fácil resolución desde el ámbito de intervención política. Me refiero a los desaparecidos oficiales, aquellos que no constan como fallecidos en los Registros Civiles, consecuencia de las ordenes emitidas por los militares golpistas con el objetivo de no dejar huella de sus crímenes, incluso “comprando” —o al menos intentándolo— la voluntad de las familias para falsear la causa de la muerte y así bajar el número de muertos/asesinados achacables al golpe a cambio de unas pesetas de ayuda o de salvarse de hacer la mili y, evidentemente, falsificando la causa por otras más descafeinadas: «En choque con fuerza armada», «A consecuencia del bando de guerra» o, simplemente, «A consecuencia del Glorioso Movimiento Nacional».

Es verdad que hasta 2011 la cuestión era difícil por aquello de que había que presentar dos testigos presenciales de la muerte —¡¡¡del fusilamiento!!!—. Era lo primero que los jueces pedían a las familias que solicitaban la inscripción fuera de plazo. Y después le seguía tener la cartera dispuesta: más de uno ha tenido que pagar, como mínimo, 2500 €, otros hasta 4000 o 5000, dependiendo del periódico donde quisieran colocar los anuncios judiciales, además de los gastos en desplazamientos, abogados…

Como decía el historiador Francisco Espinosa, lo que “podría haberse encomendado perfectamente a los Ayuntamientos o incluso a la Guardia Civil y a la Policía, se convirtió en un quebradero de cabeza para los familiares por dos razones: por la dificultad objetiva, dada su naturaleza, de localizar a dichas personas a más de cuatro décadas de los hechos (pensemos lo que debió suponer en los años cuarenta) y porque puso en manos de los responsables de los Juzgados de 1ª Instancia un instrumento fácil para rechazar, congelar o invalidar los expedientes. Así, al daño causado en su momento, se añadió la humillación de unos procedimientos legales ideados para que las personas asesinadas no pudiesen adquirir ni siquiera la condición de víctimas. Todo quedó pues en manos de un personal judicial que, en general y salvo excepciones, era muy poco o nada consciente del delicado material humano que allí se estaba manejando. Ahora se trata de poner fin a esta lamentable situación”.

Es más, en una campaña que en 2009 pusimos en marcha algunas entidades y asociaciones, entre ellas el grupo RMHSA de CGT.A, se manifestaba: “El uso del Registro Civil, como fuente documental, es esencial en cualquier proceso de investigación de la represión, para así poder cuantificarla, pero también para poder ponerles nombre a las víctimas. El proceso de Recuperación de la Memoria Histórica impulsada por la sociedad civil ya ha puesto de relieve la falsedad de los datos que han sustentado la interesada equiparación de víctimas de la guerra (“muertos y barbaridades hubo en los dos bandos”). Pero todavía, setenta y dos años después de la masacre y treinta de las primeras elecciones democráticas, ningún Gobierno ha favorecido la modificación de la Ley que regula la inscripción en dichos Registros Civiles, pese a que todos los Grupos Parlamentarios conocen esta situación por diferentes iniciativas impulsadas por las asociaciones”.

Por ello se solicitaba: a) Facultar a los Ayuntamientos para inscribir en el Registro Civil a todos aquellos vecinos censados en la población, en los momentos de su muerte, y que no tuviesen familiares que pudieran hacerlo, así como a aquellos funcionarios, empleados o cargos políticos de la Corporación Municipal, b) facilitar a las familias la inscripción en los Registros Civiles de las víctimas del franquismo, disponiendo para ello de asesoramiento jurídico gratuito, y c) agilizar la inscripción “de oficio” por parte de los Juzgados pertinentes.

Tras mantener los encuentros necesarios con el Ministerio de Justicia del gobierno de Zapatero, se consiguió al menos facilitar esa inscripción MODIFICANDO la Ley de Registros (http://www.todoslosnombres.org/content/materiales/instruccion-4-noviembre-2008-la-direccion-general-los-registros-del-notariado). Que yo sepa, ningún gobierno local ha hecho nada para solucionar definitivamente el asunto, a pesar de haber tomado acuerdos de pleno (Guillena, El Castillo de las Guardas, Dos Hermanas…) y de que muchos de ellos apoyaron la modificación de la ley.