La modificación de la Ley de Cooperativas permitirá crear este tipo de entidades con solo dos personas socias

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El Gobierno andaluz ha aprobado una modificación de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, vigente desde 2011. La principal modificación es la reducción de tres a dos el número de personas socias que se exige para la constitución de una cooperativa.

Andalucía es la comunidad autónoma con un mayor número de cooperativas, 3.974, y figura en segundo lugar en cuanto a empleo, 47.900.

Para el Gobierno andaluz, se trata de «una medida de flexibilización, orientada a facilitar el desarrollo de un sector estratégico». La reducción del número personas socias facilitará la creación de nuevas entidades. En el sector existe cierto debate sobre si este cambio altera los principios de este tipo de entidad referente en la economía social.

Para la constitución de una cooperativa con dos personas socias la aportación al capital social de una de ellas podrá llegar hasta el 75% del total. En los estatutos, se podrá optar entre una administración única o solidaria.

La ley modificada también incorporará el régimen sancionador para las cooperativas con sección de crédito, una materia que actualmente aparece regulada principalmente en su reglamento de 2014 y que establece multas de hasta 30.000 euros y la posibilidad de prohibir la actividad en los casos de las infracciones más graves.

La actual Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, que sustituyó a la de 1999, ya introdujo numerosos cambios en los trámites administrativos para crear sociedades, incorporar personas socias, permitir mayor discrecionalidad en la distribución de los beneficios, etcétera. Asimismo, fomentó el perfil inversor de las sociedades, permitió la creación de grupos empresariales cooperativos y aumentó las posibilidades de contratar por cuenta ajena.