El expolio del monopolio eléctrico a la economía andaluza

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“En 2012 el 17% de los hogares españoles, más de 7 millones de personas, padecían pobreza energética (gastar más del 10% de sus ingresos en energía en su vivienda). En 2014 más de 700.000 hogares españoles vieron cortado su suministro eléctrico por impago de algún recibo. Se estiman entre 2.000 y 9.000 las muertes prematuras en España al año por falta de calefacción”. Esta situación lejos de revertir, viene empeorando debido a las continuas subidas de la electricidad, las últimas semanas de septiembre se vienen batiendo los récords históricos de los precios del Mwh. (Fuente: ACA, Cáritas)

Parece obsceno, ante este problema social, ocuparse de lo que ha significado los continuos incrementos del precio de la electricidad y las modificaciones normativas que influyen directamente en el precio final de la factura para nuestras cooperativas, PYMES, autónomos, instituciones, etc. y, en general, los que que tienen contratada más de 15 kW de potencia. No lo es si tenemos en cuenta que cooperativas y PYMES representan más del 90% del empleo en nuestro país.

Tres compañías en España controlan más del 90% de la producción, distribución y comercialización de electricidad (a partir de ahora las denominaremos el oligopolio), con unas rentabilidades que duplican a sus homólogas europeas; más de 50 ex altos cargos político, incluyendo ex ministros y ex presidentes del Gobierno de España, forman parte de sus consejos de administración (las denominadas «puertas giratorias»); 3.600 millones de € de sobrepagos en concepto de CTC (ayudas del Estado denominadas «Costes de Transición a la Competencia»); 1800 millones de euros por el fallido almacén Castor de Florentino Pérez; pagos anuales de 500 millones de euros en concepto de interrumpibilidad; instalaciones hidroeléctricas que no revierten al Estado superado su tiempo de concesión, etc. Y sin embargo, en el Parlamento de Madrid ha desestimado la petición de una auditoría del sector. Nada que investigar.

Todo ello arranca con la adaptación a la normativa europea para el sector eléctrico en el año 1997. En ese año se promulga la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. Según el BOE, esta ley “supuso el inicio del proceso de liberalización progresiva del sector mediante la apertura de las redes a terceros, el establecimiento de un mercado organizado de negociación de la energía y la reducción de la intervención pública en la gestión del sistema. Así, se procedió a la desintegración vertical de las distintas actividades, segregando las actividades en régimen de monopolio natural, transporte y distribución, de aquéllas que se desarrollan en régimen de libre competencia, generación y comercialización”. Es decir, que para dotar de mayor competencia al sector y mejorar los precios finales de la energía, se separaban las actividades de generación, distribución y comercialización de la energía.

En aquellos años se produjo el boom inmobiliario con incrementos en la construcción de viviendas por encima de las 500.000 viviendas/año hasta el año 2008.

Fuente Ministerio de Fomento: Elaboración propia

Este desmesurado número de viviendas demandaba un incremento correlativo de la potencia que debían contratar y el correspondiente consumo de electricidad. Ante esta situación, las empresas del ologopolio se lanzaron a construir nuevas plantas de generación, casi todas ellas de ciclo combinado.

Fuente REE, elaboración propia
Fuente REE, elaboración propia

En apenas 8 años se instalaron más de 25.000 Mw de potencia en plantas de ciclo combinado. Para hacerse una idea de la magnitud de estas plantas basta decir que la mayor demanda de potencia máxima instantánea fue de 45.450 Mw. Es decir en esos 8 años se instaló en España más de la mitad de la potencia máxima demandada.

Fuente: REE

¿Eran necesarias todas estas instalaciones?, ¿estaba España cerca de demandar una potencia superior a la correspondiente del máximo histórico? En el siguiente gráfico vemos que la potencia instalada es de más de 107 Gw. En el año 2015, cuando se precisaban 45 Gw (hay que tener en cuenta una potencia de respaldo para garantizar el suministro sin problemas) y hay un porcentaje importante de renovables (eólicas), se estima que esta potencia de respaldo sería un 20% más que el máximo histórico, alrededor de 55 GW. Pues bien, hoy día hay instalada aproximadamente el doble de las instalaciones necesarias y esto, lógicamente, hay que pagarlo.

Con ser grave esta situación, se complica aún mas cuando conocemos los datos de la potencia contratada (la suma de la potencia de todos los contratos), y la potencia facturada.

Potencia Máxima demandada (histórico): 45 Gw

Potencia de respaldo 20%:                              9 Gw

TOTAL:                                                               54 Gw

Potencia Instalada:                                        107 Gw

Potencia Contratada:                                     167 Gw

Potencia Facturada:                                      160 Gw

El exceso de la potencia facturada respecto de la instalada lo están pagando proporcionalmente en mayor cuantía los contratos de más de 15 kW. El exceso de potencia que se está abonando de más en el conjunto del sistema se puede estimar entre la diferencia entre la potencia facturada (160Gw) y la instalada (107Gw), lo que hace un total de 53 Gw. Es decir, que con los precios actuales de 79,37 €/kw/año, la cantidad asciende a más de 4.200 millones de euros al año.

Estas plantas apenas se utilizan. Debido al elevado precio del kw producido, son las últimas en entrar en las subastas, por lo que generalmente se quedan fuera de ella o fijan el precio de las demás.

Por otra parte, estas plantas utilizan gas procedente de Argelia. El gobierno de España contrató el suministro de gas a este país y se construyeron los correspondientes gaseoductos. Se contrató una cantidad fija de gas al año y a un precio pactado, por lo que se debería pagar se utilizara o no. Debido al fiasco de estas instalaciones, una cantidad importante de gas sobraba. Sin embargo, no se les ocurrió otra cosa que utilizar antiguos yacimientos de gas para su almacenamiento. El almacén Castor, en la costa catalana, debía cumplir esta función. Como se sabe, fue otro gran fracaso debido a los microterremotos que producían en los municipios de la costa. Otros 1.500 millones que hay que sumar.

En 2013 se promulgó la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, donde se recogía, entre otras medidas, la creación del bono social como respuesta a la delirante situación de contar con más de 7 millones de personas en situación de pobreza energética. Esta Ley contenía dos medidas más que incidían de manera especial en el precio final de la factura de electricidad para los contratos de más de 15 kw. Por una parte, la parte fija de la factura, los costes regulados, subieron más de un 150%. En agosto de 2013 el coste pasó de 31,50 €/kw/año a más de 79.37 €/kw/año
(Fuente: SOM Energía https://www.somenergia.coop/es/tarifas-de-electricidad/historico-de-tarifas-de-electricidad/), y de otra, se estableció que el periodo mínimo de contratación fuera de 1 año.

Para cumplir con la Ley, las compañías del oligopolio enviaron una carta a cada uno de sus clientes que decía así:

Estimado cliente,

Como consecuencia de la nueve normativa europea, a partir del 1 de julio de 2009 las empresas distribuidoras dejaremos de suministrarle la electricidad, actividad que deberá ser realizada por una empresa comercializadora de electricidad. A partir de ese momento, nuestra compañía, como empresa distribuidora dueña de las redes de su zona, continuará operando las instalaciones, leyendo sus contadores y proporcionándole el servicio de emergencias 24 h.

Antes de esa fecha, usted debe proceder a contratar el suministro con una empersa comercializadora a un precio libremente pactado, análogamente a como ocurre en otros sectores como la telefonía móvil. A tal efecto, le facilitamos el listado completo de empresas comercializadoras disponibles en el anexo del presente escrito.

Si no contratara con un comercializador de los indicados, su suministro pasará automáticamente a ser asumido por la empresa XXXXXX, aplicándole un precio superior y que se irá incrementando automáticamente en el tiempo. Sus datos serán transferidos a esta empresa para continuar con el servicio.”

A esta carta prácticamente nadie respondió, dejando en manos de las empresas distribuidoras la asignación de la empresa comercializadora correspondiente. Estas últimas asignaron unos contratos a su conveniencia, lesionando los intereses de sus clientes. Así asignaron la misma potencia en los tres periodos en los que se divide el día (Potencia Punta, Llana y Valle), las cuales se pueden contratar, a petición del cliente, de forma distinta. Es decir, que a las actividades económicas que están cerradas durante la noche le asignaban la misma potencia que durante sus horas de actividad. Por otra parte, y tras el establecimiento del periodo mínimo de contratación de un año, ambas medidas producen unos sobrecostes (para estos contratos, de entre un 25% y un 30%). Por último, y dado que automáticamente este tipo de contrato pasaba al mercado libre, le asignaron unos precios al kw/h a conveniencia de las empresas comercializadoras. No es extraño encontrar facturas en las que hacen descuentos importantes, de más del 20%, y con precios superiores a más del 25% de los correspondientes al mercado. Para ello las comercializadoras de referencia sacaron al mercado distintos “productos” que recogían estas malas practicas comerciales.

Estas dos modificaciones repercuten de forma especial en las actividades económicas estacionales, las que más relevantes de la economía andaluza, a saber:  turismo de sol y playa, hortofrutícolas, bodegas, almazaras, explotaciones ganaderas, explotaciones agrarias con regadío, etc. Cooperativas y PYMES que desarrollan su actividad durante unos meses al año debían pagar la potencia contratada durante un año entero, ello unido a la brutal subida, en el año 2013, de la parte fija de la factura, significó un incremento espectacular de la factura de la luz.

Nada era ilegal, asumimos que nuestra compañía de toda la vida no abusaría de su posición dominante y dejamos en sus manos que nos asignaran la empresa comercilizadora de referencia y el tipo de contrato. Así nos fue.

La magnitud del expolio del oligopolio a la economía andaluza estaría alrededor del 25% de la facturación de los contratos de más de 15 kw.

Número de Abonados (Andalucía):      81.198
Potencia Contratada                            3.570.172 Kw
Consumo Neto:                                     42.177.953 kWh
Facturación:                                          687,070,000 €
Fuente:Agencia Andaluza de la Energía a partir de los datos del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital y la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC)

Parece razonable pensar que la distribución de abonados siga la distribución de Pareto, es decir, que el 20% de los abonados signifiquen el 80% de la facturación. Ello viene a reflejar que las empresas de mayor consumo tengan ajustadas sus potencias y el 80% restante estén en la situación de sufrir sobrecostes. Por tanto, los sobrecostes los sufrirán alrededor de 64.958 abonados (resultantes de multiplicar 0,8 por 81.198). Estos abonarían 137.414.000 euros, es decir, la facturación de media por abonado sería de alrededor de 2.115 euros, y el sobrecoste que estarían soportando sería del 25% de 2.115, es decir, 528 euros por abonado.

De este modo, el expolio se puede estimar entre 30 y 35 millones al año.

En el desarrollo de mi vida profesional he tenido la oportunidad de analizar múltiples facturas de electricidad y he podido comprobar que estos 2.000 euros de sobrecoste, de media por contrato, no está lejos de la realidad. En una bodega, por ejemplo, el sobrecoste representaba 1.400 euros por año; en un Bar-Cafetería 1.200 euros por año; en una empresa de seguridad 2.400 euros por año; en un hostal 1.300 euros por año; en un hotel de 20 habitaciones 2.200 euros por año; en una explotación caprina 900 euros por año.

Esta amenaza que se cierne sobre las PYMES y cooperativas con actividad estacional de Andalucía podría convertirse en una oportunidad si la legislación permitiera el autoconsumo con balance cero, como se permite en gran parte del mundo (Portugal, Alemania Francia, EE UU, Brasil, etc.). De este modo, nuestras cooperativas y PYMES estacionales se encontrarían en una situación inmejorable pues estarían generando electricidad durante 12 meses para consumirlos en 4 ó 5 meses.

En la actualidad, la instalación de módulos fotovoltaicos resulta viable y rentable si toda la producción se autoconsumiera. Como se sabe, la energía generada y no consumida, en la actualidad, hay que regalársela a la empresa distribuidora. Si, por el contrario, estas empresas pagaran la energía producida y vertida a la red (como ocurre en Portugal), las cooperativas y PYMES tendrían una oportunidad magnifica de rebajar sustancialmente sus costes de energía. De este modo, nuestra estructura económica generaría empleo en la industria de la energía renovable, dejaría de  contaminar CO2 y contribuiría a la lucha contra el efecto invernadero.

Manuel López Peña
Ingeniero Industrial